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Especialistas en Derecho Penal

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Nos referiremos ahora a un carácter coactivo amparado legalmente en el sentido de que el estado puede, al amparo de la ley, puede obligar bajo la coacción de la pena, a sus ciudadanos a que actúan con forma al derecho o se abstengan de cometer acciones contrarias al derecho.

 El derecho penal subjetivo se refiere a quien detenta el poder punitivo, el derecho de sancionar, y corresponde al estado, quien a través de las acciones penales castiga a los que infringen las normas jurídico-penales. Ese poder punitivo lo es con una serie de límites y garantías que veremos más adelantes, pero en general deberemos decir que surge como una garantía frente a la reacción privada de venganza de la victima frente al agresor. Con este monopolio pro parte del estado se lleva a cabo una selección de las conductas que son más graves que generalmente coinciden con las conductas más reprochables, de esta manera el estado hace una selección y distingue entre delitos y faltas.

Tenernos por ejemplo un delito de injuria y por tanto el legislador distingue entre la conducta grave de injuria o calumnia o la falta. Esta actividad punitiva debe estar sometida a unos principios o limites estrictos con el fin de evitar y prevenir abusos por parte de los poderes públicos, en ese ejercicio del ius puniendi. Para ello es vital el llamado principio de legalidad que supone que nadie puede ser sancionado penalmente pro hechos que en el momento de su comisión no eran delitos o faltas penales.

El derecho penal moderno es un derecho publico porque regula el ejercicio del poder punitivo del estado para con los ciudadanos, pero no se mete en las relaciones entre ciudadanos propias del derecho privado como puede ser el derecho civil, mercantil, pero si se mete entre el ciudadano como destinatario de la norma y el mismo como detentador del ius puniendi. Solo se mete en el ámbito privado a través de la llamada mediación, mediante el cual orienta y trata de aproximar a la víctima con el agresor, no está normalizado.

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