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Error de diagnóstico de ictus

Error de diagnóstico de ictus

Al hablar de un ictus hacemos referencia a aquella patología de tipo neurológico que, de no ser adecuadamente tratada, puede suponer consecuencias muy graves para el afectado. No es de extrañar, por tanto, que los ictus se configuren como una de las principales causas de discapacidad en personas adultas.

Las estadísticas reflejan además que se trataría de la primera causa de muerte entre las mujeres (según recoge el Grupo de Estudio de Enfermedades Cerebrovasculares de la Sociedad Española de Neurología), así como la primera causa de demencia para ambos sexos.

Los pacientes que sufren de un ictus no siempre saben cuáles son los síntomas de alerta, pero existen algunos indicios que conviene conocer para poder pedir ayuda: pérdida de fuerza muscular (especialmente, en los brazos, piernas o cara); entumecimiento de las extremidades; dolor de cabeza intenso; confusión; dificultad para hablar y expresarse; pérdida de equilibrio o de coordinación; debilidad o pérdida de conciencia.

Es muy importante tener en cuenta que esta patología puede clasificarse de dos formas distintas, según si el problema causado en un vaso sanguíneo es de tipo obstructor o si se trata de una rotura:

  • En el primer caso (obstrucción de un vaso sanguíneo) hablamos de ictus isquémico, también conocido como infarto cerebral. Esta situación surge a consecuencia de la obstrucción total o parcial de alguna de las arterias que llevan la sangre desde el corazón hasta el cerebro. Debido a dicha obstrucción, se produce un coágulo de sangre, o bien se desprende una porción de materia grasa de la pared arterial, lo cual tapona el vaso sanguíneo. Se trata del tipo de ictus más frecuente, ya que se produce en aproximadamente un 80% de los casos. En España, se estima que tienen lugar de 150 a 200 casos anuales por cada 100 000 habitantes.
  • En el segundo caso (rotura de un vaso sanguíneo) estaríamos ante un ictus cerebral, más habitualmente conocido como derrame. Como su propio nombre indica, en este caso el vaso sanguíneo se rompe y la sangre irrumpe en el cerebro, provocando así la compresión del tejido cerebral. No es tan habitual como el ictus isquémico, ya que supone aproximadamente el 10-15% de los casos; no obstante, sus consecuencias pueden ser también letales.

Como vemos, en ambos supuestos estamos ante un accidente cerebrovascular que puede suponer el fallecimiento del paciente o bien causarle una lesión invalidante.

De hecho, el 14% de las personas que sufren un episodio de ictus fallecen.

Es por ello que se debe proceder de forma correcta desde el punto de vista médico, con el fin de causar el menor daño posible para el paciente.

Los ictus se pueden diagnosticar realizando una exploración física del paciente y conociendo su historia clínica; además también se suelen realizar pruebas de imagen, como la tomografía computadorizada (TC) o la resonancia magnética (RM) con el fin de confirmar dicho diagnóstico. De forma adicional, las pruebas de laboratorio, como las analíticas, ayudan a descartar que existan otras patologías, como anemia, policitemia o leucemia. El personal médico, en condiciones normales, cuenta con suficientes conocimientos para realizar este tipo de pruebas y diagnosticar adecuadamente el ictus.

¿Qué se debe hacer en caso de negligencia médica con el diagnóstico de un ictus?

Las negligencias médicas son aquellas conductas que, por acción u omisión, se apartan de los estándares médicos habituales.

No siempre es fácil saber cuándo se ha producido una negligencia, ya que lógicamente el paciente no tiene obligación de poseer todos los conocimientos médicos sobre el tema. También puede ocurrir que no sepa exactamente a quién dirigirse para que le ayude a reclamar sus lesiones, o cómo hay que actuar.

Así pues, si se tienen dudas con lo que ha pasado, la mejor opción es ponerse en contacto con un abogado especializado en negligencias médicas, que será quien valore el caso y nos ayude a plantear la reclamación correspondiente.

Puede ser que los servicios sanitarios no actuaran a tiempo, que el médico no realizara las pruebas pertinentes, que no se haya diagnosticado el ictus cuando en realidad sí que estaba sucediendo, etc. Todas estas conductas son constitutivas de negligencia médica y pueden reclamarse.

Para calcular la cuantía de la indemnización se utiliza un Baremo, que es el mismo que se viene empleando en los casos de lesiones por accidentes de tráfico. Es por ello que se le conoce también con el nombre de ‘Baremo de Accidentes de Tráfico’. El Baremo se va actualizando año tras año, para así ajustarse mejor al incremento de variación en los precios que se produce anualmente. Dada la complejidad de esta normativa, es esencial que se lleve a cabo por medio de un abogado que, como decíamos previamente, esté especializado en este tema concreto. Además, al contar con un abogado especializado también nos aseguramos de que tenga experiencia con otros casos previos, los cual será muy importante de cara a seguir adecuadamente el procedimiento judicial y a obtener una indemnización justa. En nuestro Despacho contamos con profesionales muy especializados en este ámbito, acumulando así muchos años de experiencia en el sector.

Si usted, un familiar o persona cercana creen haber sufrido una negligencia médica en el diagnóstico de un ictus, le recordamos que puede ponerse en contacto con nuestro Despacho, donde estudiaremos el caso y le orientaremos de forma totalmente personalizada. Para ello, solo tiene que llamar por teléfono o contactar a través de nuestra web, y le daremos cita lo antes posible.

Guarde toda la documentación que han podido proporcionarle durante el proceso, tal como resultados de pruebas, partes del médico, recetas u otros documentos, ya que será de gran utilidad de cara a la citada reclamación. Nuestro equipo hará todo lo posible por ayudarle, ofreciendo siempre un asesoramiento cercano, discreto y de alto rigor jurídico.

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